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Indemnidad sexual.

Abuelo de 80 años es condenado a 15 años de prisión por mantener relaciones sexuales con su pareja frente a su nieto de 3 años.

También, a fin de satisfacer sus deseos sexuales se pusieron de acuerdo para abusar sexualmente del niño, en el que el abuelo le realizó una felación, mientras su pareja, les tomaba fotografías.

25 de abril de 2024

La Audiencia Provincial de Cantabria (España), condenó a un hombre de 80 años y a su pareja, a la pena de 15 años de prisión por los delitos de abuso sexual en persona menor de edad, corrupción de menores y de exhibicionismo, en perjuicio del nieto del primero, de 3 años.

El tribunal tuvo por acreditado que un adulto mayor de 80 años junto a su pareja, otro hombre de 47 años, en ocasiones, cuando se quedaban a solas con el niño y sin importarle su indemnidad sexual, mantenían relaciones sexuales en su presencia y una vez, a fin de satisfacer sus deseos sexuales se pusieron de acuerdo para abusar sexualmente del niño, para lo cual condujeron a la víctima hasta la cama, lugar donde se desnudaron parcialmente, para posteriormente realizarle una felación por parte del abuelo a su nieto, mientras su pareja, desde la propia cama y en contacto físico con ellos, realizaba varias fotografías del acto.

Las pruebas que permitieron condenar a los acusados fueron la declaración del niño en sede judicial, una grabación de una conversación que mantuvo la víctima con su padre y, particularmente, por las fotografías que lograron ser rescatadas por agentes policiales una vez que incautaron el celular luego de la entrada y registro del domicilio donde vivía la pareja.

En mérito de ello, fueron condenados a la pena de 15 años de prisión, al pago de manera conjunta y solidaria de una indemnización de 50.000 euros a la víctima, a la prohibición de acercarse ni comunicarse con la víctima en un periodo de 25 años y, una vez que cumplan la pena efectiva, a la medida de libertad vigilada durante 10 años, junto con la inhabilitación para el desempeño con menores durante 25 años.

La sentencia no quedó firme, desde que cabe el recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

 

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