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Para personas sospechosas o acusadas.

Unión Europea aprueba creación de Directiva para garantizar asistencia jurídica gratuita en procesos penales.

Los Estados miembros dispondrán de treinta meses para incorporar la Directiva a su legislación nacional.

24 de octubre de 2016

La Unión Europea aprobó la creación de una Directiva que deberán incorporar los Estados miembros a su legislación nacional, cuyo objetivo es establecer normas mínimas relativas al derecho a la asistencia jurídica gratuita de los sospechosos o acusados en procesos penales que estén privados de libertad, así como en algunas otras situaciones.
Asimismo, en el texto se garantiza prestar asistencia jurídica gratuita en el procedimiento de la orden europea de detención, en determinadas condiciones, tanto en el Estado miembro de ejecución como en el de emisión.
Cabe recordar que la iniciativa fue acordada por el Parlamento Europeo el 4 de octubre y la adopción definitiva por el Consejo el pasado 13 de octubre, con lo que se da fin al procedimiento legislativo. Una vez que se publique en el Diario Oficial, los Estados miembros dispondrán de treinta meses para incorporar esta Directiva.
Por su parte, el Reino Unido e Irlanda decidieron no participar, mientras que Dinamarca está excluida por defecto de la legislación en materia de Justicia y Asuntos de Interior.
Es importante señalar, que la propuesta inicial contemplaba únicamente el derecho a la asistencia jurídica provisional gratuita destinada a cubrir únicamente la fase inicial de los procesos penales antes de que se adoptara una decisión firme sobre la asistencia jurídica gratuita.
Así, para determinar si una persona tiene derecho o no a la asistencia jurídica gratuita, los países de la UE podrán utilizar una evaluación de los recursos y del fundamento. La “evaluación de los recursos” tiene por objeto evaluar si la persona efectivamente carece de recursos suficientes para pagar la asistencia jurídica, mientras que la “evaluación del fundamento” permite valorar si la prestación de asistencia jurídica gratuita responde al interés de la justicia a la luz de las circunstancias del asunto.
Esta Directiva es el último texto jurídico previsto como parte del plan de trabajo para reforzar los derechos procesales de sospechosos o acusados en los procesos penales, adoptado por el Consejo en noviembre de 2009.
El objetivo del plan de trabajo era garantizar que cualquier ciudadano implicado en un proceso penal en un Estado miembro se le aseguren determinados derechos procesales mínimos en toda la Unión Europea. Esto también debería reforzar la confianza mutua entre las autoridades judiciales de la Unión Europea, fomentando así la aplicación de instrumentos como la orden europea de detención.
Sobre la base común del Convenio para la protección de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y sus protocolos, y la interpretación que de estos derechos ha realizado el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, se aprobó el plan de trabajo que ha concluido con la aprobación de esta Directiva que garantiza la asistencia letrada para aquellos ciudadanos europeos que no dispongan de medios económicos. Así, el derecho a asistencia jurídica gratuita debe garantizar el ejercicio efectivo de dicho derecho a asesoramiento jurídico.
Ya se han adoptado otras cinco medidas, por  parte de la UE, sobre garantías procesales en materia penal en línea al plan de trabajo citado: Derecho a interpretación y a traducción (Directiva 2010/64); Derecho a la información (Directiva 2012/13); Derecho a la asistencia de letrado (Directiva 2013/48); Presunción de inocencia (Directiva 2016/343) y Garantías especiales de los menores (Directiva 2016/800).

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