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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó protección deducida por abuelo contra Directora de CAJ de Quilpué por no obtener visitas para su nieto.

La parte recurrente estimó vulnerado el derecho a un racional y justo procedimiento.

14 de agosto de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, y rechazó la acción de protección deducida por la parte recurrente, en contra de la Directora; de una abogado, de la secretaria y una postulante, todas de la Corporación de Asistencia Judicial de Quilpué, por no obtener visitas para ver a su nieto.

En su escrito, indica que dedujo acción de protección en contra de la Directora; de una abogado, de la secretaria y una postulante, todas de la Corporación de Asistencia Judicial de Quilpué, ya que supuestamente, no habría sido correctamente tramitada su causa judicial.

La parte recurrente estimó vulnerados el derecho a un racional y justo procedimiento.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso arguyó y concluyó que, atendido que del examen del recurso de protección no se advierte la existencia de hechos que importen un acto u omisión que afecte algunas de las garantías establecidas en el artículo 20 de la Carta Fundamental y que justifique el ejercicio de esta vía cautelar excepcional; y considerando además que la pretensión del actor es una cuestión que ya se encuentra bajo el amparo del derecho en razón del procedimiento iniciado ante el Juzgado de Familia de Quilpué, no siendo esta la vía idónea para tales efectos, y visto lo dispuesto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, se declaró inadmisible el recurso de protección, sin perjuicio de las demás acciones y derechos que corresponderá ejercitar por la vía pertinente.

La Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

Vea los textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema causa Rol 21172-2019 y de la Corte de Apelaciones de Valparaíso causa Rol 10264-2019.

 

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