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Por unanimidad.

CS confirmo sentencia y rechazó protección contra Corporación de Asistencia Judicial Región del Biobío por volver a concursar cargos de recurrentes.

La Corte de Concepción estimó que los recurrentes no tienen un derecho indiscutido respecto de los contratos de trabajo.

1 de noviembre de 2019

La Corte Suprema rechazó la acción de protección deducida por un grupo de funcionarios contra la Corporación de Asistencia Judicial Región del Biobío, debido a que la recurrida volvió a poner en concurso público los cargos que, ya habían sido adjudicados a los recurrentes.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Corporación de Asistencia Judicial Biobío (CAJ Biobío), ya que los recurrentes ingresaron a trabajar en la CAJ Biobío a través de un proceso de selección abreviado para la aplicación de un convenio celebrado entre la Subsecretaría de Justicia y el SENAME. Sin embargo,  la recurrida publicó en la página web empleos públicos, los mismos cargos que, ya detentan los recurrentes.
Los recurrentes estimaron vulnerados sus garantías constitucionales de los numerales 2 y 3 del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
En su sentencia, la Corte de Concepción sostuvo en síntesis que, los recurrentes no tienen un derecho indiscutido respecto de los contratos de trabajo que suscribieron con la recurrida CAJ Región del Biobío. En efecto, mientras ellos sostienen que participaron en un “proceso de selección abreviado” para obtener sus empleos, lo cierto que el Consejo Directivo de dicha entidad los cuestionó, porque sólo se había basado en la revisión curricular de los antecedentes presentados por los interesados y una entrevista de apreciación, para luego ser escogidos por la Directora General de la época, sin intervención del referido Consejo y, además, tan discutido se encontró el derecho que se estimó vulnerado en la acción, que cinco de los diez recurrentes mantienen juicio laboral pendiente, ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción.
En vista de lo anterior, se concluyó que, no correspondió que la Corte hiciera declaración alguna en esta sede de protección, respecto de derechos que no son indubitados y que aparecen discutidos, como sucedió en la especie, por lo que se rechazó el recurso de protección.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol 20130-2019 y la sentencia de la Corte de Concepción Rol 14572 -2018.

 

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