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Para velar por adecuada autonomía financiera.

Diputados proponen consagrar a nivel constitucional la obligación de señalar fuente de financiamiento para nuevas funciones que se asignen a Municipalidades.

«cualquier nueva función o tarea que se le asigne a los municipios deberá contemplar el financiamiento respectivo».

20 de marzo de 2012

La moción de los diputados Auth, Bobadilla, Campos, Girardi, Godoy, Monsalve, Moreira, Pérez y Sabag expone que la aprobación de diversas iniciativas legales que han establecido nuevas funciones y obligaciones para las Municipalidades, no cuentan con un adecuado financiamiento para obtener los objetivos establecidos en las iniciativas.

Observa luego que el artículo 118 de nuestra Constitución Política, declara que los municipios gozarán de autonomía para la administración de sus finanzas. Asimismo, el artículo 5 de la LOC de Municipalidades, dispone que «cualquier nueva función o tarea que se le asigne a los municipios deberá contemplar el financiamiento respectivo». En este sentido, deja en evidencia que la obligación establecida en la Ley Orgánica Constitucional, tiene rango legal, lo que impide tener fiel cumplimiento a este precepto.

Con el objeto de que puedan tener éxito las iniciativas tendientes a mejorar la administración y organización municipal, los parlamentarios proponen incorporar un nuevo inciso segundo al artículo 122 de la Constitución Política, de igual tenor a la norma citada en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, y de esta forma elevarla a un rango constitucional.

 

Vea texto íntegro de la moción.

 

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