El proyecto de ley, iniciado por moción el mes pasado, que propone dar mayor exigibilidad y transversalidad a la nueva Ley N° 20.575, denominada “No más Dicom”, en particular, extender el principio de finalidad a los prestadores privados de salud, quienes “no podrán consultar sistemas de información comercial de ningún tipo, ni aún con el consentimiento del paciente, para efectos de condicionar o restringir una atención de urgencia».
A la iniciativa, que se encuentra en la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados, fue objeto de indicaciones por el Ejecutivo, quien formuló: “reemplácense en el inciso primero del número 11 del artículo 121, las frases “inciso final” por “incisos penúltimo y final”, e “inciso séptimo” por “incisos séptimo y octavo”.
Vea texto íntegro de la moción, informes, discusión y tramitación.
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