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Patrimonio del Estado.

CGR reconsidera parcialmente dictamen que rechazó liquidación de pólizas de fidelidad funcionaria.

La CGR concluye reconsiderando, en lo pertinente, el oficio N° 9.486, de 2014, de la Contraloría Regional de Valparaíso, y se remiten los antecedentes a esa Sede Regional para la liquidación de las pólizas que corresponda.

18 de febrero de 2015

Se solicitó a la Contraloría General de la República -por parte del Gobierno Regional de Valparaíso- la reconsideración del oficio N° 9.486, de 2014, de la Sede Regional de Valparaíso, que rechazó liquidar las pólizas de fidelidad funcionaria de una serie de ex servidores, en razón de los perjuicios que habrían provocado al patrimonio del Estado durante el ejercicio de sus empleos, y que se encontrarían acreditados en el respectivo sumario administrativo.

La CGR expone que el artículo 68 de la ley N° 10.336, establece que todo funcionario que tenga a su cargo la recaudación, administración o custodia de fondos o bienes del Estado, de cualquiera naturaleza, deberá rendir caución para asegurar el correcto cumplimiento de sus deberes y obligaciones.

Asimismo, el ente de control aduce que, según su propia jurisprudencia, la caución de fidelidad funcionaria tiene por objeto resguardar eficientemente el patrimonio del Estado, precaviendo eventuales perjuicios provocados como consecuencia de la negligencia o mala fe del empleado a quien, en razón de sus labores, se le ha entregado la custodia, administración o recaudación de fondos o bienes que lo conforman, a través de un mecanismo que permita reparar a la brevedad el daño ocasionado.

En cuanto a la situación de dos de los ex servidores, el dictamen indica que es posible advertir que mediante resolución exenta N° 244, de 2010, la Contraloría Regional de Valparaíso instruyó un sumario en el mencionado servicio, con el fin de determinar las responsabilidades administrativas relacionadas con el manejo irregular de recursos de ese Gobierno Regional, ocurrida entre los años 2008 y 2009, a cuyo término aquellos fueron sancionados con diversas medidas disciplinarias.

En ese sentido, la Contraloría sostiene que aun cuando de la documentación examinada, aparece que los aludidos ex servidores cesaron durante la tramitación del señalado sumario, ello no es impedimento para liquidar las cauciones que suscribieron mientras ocupaban sus empleos, toda vez que el perjuicio al patrimonio del Estado fue provocado por actuaciones realizadas en el ejercicio de sus antiguas plazas, lo que constituye precisamente el supuesto de hecho para la ejecución de las pólizas de fidelidad funcionaria.

En consecuencia, la CGR concluye reconsiderando, en lo pertinente, el oficio N° 9.486, de 2014, de la Contraloría Regional de Valparaíso, y se remiten los antecedentes a esa Sede Regional para la liquidación de las pólizas que correspondan.

 

 

Vea texto íntegro del dictamen 6668.

 

 

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