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Reforma constitucional.

Diputados proponen eliminar referencia al número de diputados de la Constitución y entregar tal determinación al legislador.

La moción de los Diputados Araya, Ascencio, Auth, Burgos, Harboe, Hasbún, Monckeberg Díaz, Robles, Schilling y Teillier, expone que para la elección de diputados y senadores se aplica el sistema electoral binominal, el que se encuentra diseñado sobre la base de una fórmula que declara elegidos Senadores o Diputados a los dos candidatos de una […]

10 de enero de 2011

La moción de los Diputados Araya, Ascencio, Auth, Burgos, Harboe, Hasbún, Monckeberg Díaz, Robles, Schilling y Teillier, expone que para la elección de diputados y senadores se aplica el sistema electoral binominal, el que se encuentra diseñado sobre la base de una fórmula que declara elegidos Senadores o Diputados a los dos candidatos de una misma lista, cuando ésta alcanzare el mayor número de sufragios y tuviere un total de votos que excediere el doble de los que alcanzare la lista o nómina que le siguiere en número de sufragios. En caso que ninguna lista obtuviere los dos cargos, elige un cargo cada una de las listas o nóminas que obtengan las dos más altas mayorías de votos totales de lista o nómina, debiendo proclamarse elegidos Senadores o Diputados a aquellos candidatos que, dentro de cada lista o nómina, hubieren obtenido las más altas mayorías.

Afirman luego que el sistema binominal ha sido ampliamente criticado por dos razones fundamentales: produce tanto “una representación desigual y excluyente en el Congreso”, como “una seria distorsión en la proporcionalidad entre las diferentes opciones presentes en la sociedad y la representación en el Parlamento que debería expresarlas políticamente”.

Aunque admiten que nuestra Carta Fundamental ha sido objeto de variadas reformas “en pos de lograr un texto moderno y mucho más democrático”, en el cual “se han ido eliminando los elementos que lo constituían en un texto autoritario y poco representativo del sentimiento mayoritario de los chilenos y chilenas”, consideran pendiente el tema de la fórmula electoral aplicable a la elección de parlamentarios, siendo necesario, señalan, “terminar con la exclusión”, dar “mayor proporcionalidad al sistema”, devolver “a la ciudadanía mayor protagonismo en la elección” y “reducir la enorme desigualdad en el valor del voto según dónde se emita”.

Con el fin de avanzar en el cumplimiento de tales objetivos, en especial dar “mayor proporcionalidad y representatividad al sistema electoral”, proponen eliminar del artículo 47 de la Constitución la referencia a 120 diputados, de manera que quede en manos de la respectiva ley orgánica constitucional la fijación de escaños en la cámara baja; y agregar una disposición transitoria que disponga que “Las modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, a que dé lugar la presente reforma, deberán dictarse en el plazo de un año contado desde la publicación en el Diario Oficial de esta reforma”.

 

 

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