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CGR se pronuncia sobre procedencia de fuero maternal en contratas de reemplazo.

La CGR concluye sosteniendo que la exfuncionaria, contratada como reemplazante, no pudo gozar del fuero maternal más allá de la fecha de término de su contrata.

15 de mayo de 2015

Se solicitó a la Contraloría General de la República, por parte de una exfuncionaria de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), un pronunciamiento acerca del derecho a fuero maternal de la solicitante, atendida su designación a contrata en la señalada entidad.

Requerido su informe, la JUNJI adujo que el vínculo de la interesada como reemplazante se extendió hasta el 31 de marzo de 2015.

Al efecto, el ente de control arguye que la contrata de reemplazo corresponde, para el solo efecto del beneficio por el que se consulta, a una suplencia, razón por la cual, al igual como sucede con las suplencias, el fuero maternal finaliza con la llegada de la fecha establecida para la duración del respectivo vínculo.

Así, conforme a lo anterior, la CGR concluye sosteniendo que la exfuncionaria, contratada como reemplazante,  no pudo gozar del fuero maternal más allá de la fecha de término de su contrata.

 

 

Vea texto íntegro del dictamen 36.712-15.

 

 

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