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Se reconstruirá.

Corte de Santiago confirma sentencia y rechaza denuncia por obra ruinosa respecto de Basílica del Salvador.

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado Civil que rechazó denuncia por obra ruinosa.

12 de junio de 2015

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó la sentencia dictada por el Segundo Juzgado Civil que rechazó denuncia por obra ruinosa, presentada por vecinos debido a las actuales condiciones estructurales que exhibe la Basílica del Salvador, ubicada en la intersección de Huérfanos y Almirante Barroso.

Al efecto, cabe recordar que, en su oportunidad, el fallo de primera instancia rechazó la acción por considerar que resultaría contradictorio ordenar la demolición de la iglesia cuando el Consejo de Monumentos Nacionales ha manifestado la intención de reconstruirla.

Y es que, expresó el fallo que, no constando en autos antecedentes que hagan posible determinar en esta causa que el Consejo de Monumentos Nacionales haya dado su autorización o venia para demoler la obra en comento, resulta del todo determinante establecer por este Tribunal que esta demanda no podrá prosperar con el objetivo de demoler la estructura en comento.

Así, concluyó en su oportunidad el Segundo Juzgado Civil de Santiago teniendo presente que, de conformidad a los antecedentes aportados y el informe emitido por el perito actuante, el Consejo de Monumentos ha manifestado su intención de reconstruir la Basílica del Salvador, por lo que resultaría contradictorio ordenar la demolición de la estructura en por este Tribunal, ya que, contravendría un precepto legal plenamente vigente, por lo que, atendida la intencionalidad del órgano público aludido y el informe agregado a estos autos que da cuenta del riesgo de derrumbe del Monumento aludido, de ninguna manera este antecedente sirve para corroborar o reafirmar lo expuesto por la demandante, atendido el carácter de Monumento Histórico de la misma estructura».

 

 

Vea texto íntegro de las sentencias.

 

 

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