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Rechazó Casación.

TS de España rechazó casación y consideró discriminatorio requisito de ser parte de la Asociación de Futbolistas Españoles para acceder a Plan de Ahorro de futbolistas.

El Tribunal Supremo de España desestimó el recurso de casación de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y confirmó la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el artículo del Reglamento del Plan de Ahorro de Futbolistas.

5 de marzo de 2020

El Tribunal Supremo de España rechazó el recurso de casación de la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y confirmó la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el artículo del Reglamento del Plan de Ahorro de Futbolistas, que obligaba a estar afiliado a la asociación recurrente para tener la condición de Asegurado en Activo de dicho Plan, al considerar que ese requisito es discriminatorio con quienes deciden elegir otro sindicato o no pertenecer a ninguno, junto vulnerar la libertad sindical.

El máximo Tribunal ibérico entendió que determinado beneficio como el derivado del Plan de Ahorro, que se financió por la patronal -la Liga de Fútbol Profesional-, con cargo a la explotación de los derechos audiovisuales de sus miembros, se limitó a quienes están afiliados a un sindicato, aunque fuese el único existente en el sector en el momento del acuerdo.

El Tribunal Supremo español indicó que, “restringir un beneficio que financia la organización patronal del sector a quienes acreditan afiliación a determinado sindicato (con exclusión de quienes optan por o pertenecer a ninguno o por incorporarse a otro) constituye un supuesto claro de desigualdad proscrita por nuestro marco protector de la libertad sindical. Las circunstancias cronológicas en que se pretende cimentar la validez de ese resultado (subrayando que AFE era el único sindicato sectorial) carecen de relevancia pues, como queda expuesto, aunque no se hubiera creado el sindicato ON, las referidas previsiones merecerían igual valoración. Porque no se trata solo de que quiebre el principio de no discriminación entre organizaciones sindicales, sino también de que deja de respetarse la libertad sindical individual”.

El máximo Tribunal de España consideró acertado el argumento central de la Audiencia Nacional para declarar la nulidad total de la exigencia de estar afiliado a la Asociación de Futbolistas Españoles para beneficiarse del Plan de Ahorro, y es que en opinión del Tribunal Supremo concurrió una vulneración a la libertad sindical, al desprenderse de su contenido "una presión indirecta para la afiliación de los trabajadores a la AFE que sitúa a un sindicato en una posición superior a los demás lo que constituye un acto de presión o injerencia lesivo a la libertad sindical", en palabras de la sentencia del máximo Tribunal español.

Vea texto íntegro del comunicado de prensa.

Vea texto íntegro de la resolución judicial.

 

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