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En fallos unánimes.

Corte de Santiago rebaja multas a canal de TV por cobertura sensacionalista.

El Tribunal de alzada redujo a 20 UTM las tres sanciones que deberá pagar el canal.

22 de noviembre de 2019

En fallos unánimes, la Corte de Apelaciones de Santiago redujo el monto de las multas aplicada por el Consejo Nacional de Televisión por la cobertura sensacionalista brindada en programa "La Mañana" de Chilevisión, a homicidio de profesor en Villa Alemana, en agosto del año pasado.
Las sentencias sostienen que entiende esta Corte que la generalidad de las noticias o reportajes dados en los programas de la mañana en televisión tienen el defecto del sensacionalismo, esto es, tienden, más que a informar, a producir emociones en el espectador, pero aquel reportaje a que se hace referencia en autos excedió el mínimo tolerable o esperable de noticias de esta naturaleza, exhibidos en los denominados "matinales", de manera que efectivamente se ha cometido, por la apelante, la infracción por la cual se la ha sancionado.
Las resoluciones agregan que empero, la sanción pecuniaria aplicable debe ser el mínimo señalado en el N° 2 del artículo 33 de la ley 18.838, puesto que no se advierte, en realidad, una grave afectación a la formación espiritual de la niñez y de la juventud, máxime si se tiene presente que la mayoría de los niños y adolescentes, a la hora de exhibición del programa, deben haberse encontrado en clases en sus respectivos establecimientos educacionales y no tuvieron la oportunidad de verlo.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 26-2019, 183-2019 y 184-2019

 

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