Noticias

Con voto disidente.

CS rechazó casaciones contra sentencia que acogió querella y ordenó restitución del inmueble.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Chevesich, quien estuvo por traer en relación el recurso de casación en la forma.

21 de noviembre de 2017

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo presentados contra la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que, a su vez, había confirmado la sentencia del 1° Juzgado de Letras de San Antonio, que acogió una querella de restitución deducida y ordenó restituir el inmueble.

La sentencia del máximo Tribunal,  rol 34628-2017, expuso en relación con la casación en la forma, que no se configura la causal invocada, por cuanto la sentencia impugnada señala claramente las razones de hecho y derecho conforme a las cuales acogió la querella, al dar por establecido que el querellante es poseedor inscrito del inmueble y que la querellada erigió una construcción en el terreno, que se ha negado a retirar, privándolo con ello de las posibilidades de ejercer el derecho que lo ampara, por lo que al haber cumplido los sentenciadores con su obligación de fundamentar la decisión, no existe la omisión denunciada.

A continuación, el fallo agregó, en relación con la casación en el fondo, que, sobre la base a los hechos establecidos en la sentencia, al no haberse denunciado y acreditado el quebrantamiento de normas de aquellas denominadas reguladoras de la prueba para modificar los hechos, debe concluirse la correcta subsunción de estos en la norma, por lo que el recurso adolece de manifiesta falta de fundamento.

Por lo anterior, la sentencia de la Corte Suprema rechazó los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos.

La decisión fue acordada con el voto en contra de la Ministra Chevesich, quien estuvo por traer en relación el recurso de casación en la forma, considerando que no se encuentra en ninguna de las situaciones previstas en los artículos 772 inciso segundo y 776 inciso primero del Código de Procedimiento Civil, que autorizan emitir pronunciamiento en esta etapa de tramitación, de conformidad con el artículo 781 del mismo cuerpo legal.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

RELACIONADOS

CS acogió casación contra sentencia que estimó la acción de precario respecto del inmueble en que vivieron demandante y demandado en razón del vínculo matrimonial…

Corte de Santiago acoge protección en contra de Municipalidad por facilitar ocupación ilegal de inmueble particular…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *