Delito de abuso sexual impropio

Los padres al bañar al niño no notaron lesión alguna y el niño no quejó con su entorno familiar o escolar, por lo que no se puede dar por establecido que fue objeto de abuso sexual.

El perito es un auxiliar del ejercicio de la función jurisdiccional. Pero no es alguien cuyo criterio deba imponerse a quienes asumen la tarea decisoria. Lo contrario sería tanto como convertir al perito en una suerte de pseudoponente con capacidad decisoria para determinar de forma implacable el criterio judicial.

4 de enero de 2024