Derecho de retención

Si un organismo público encarga a otro a través de un convenio mandato un proyecto, el organismo que encarga es el responsable de las obligaciones laborales y previsionales.

La Contraloría General ha concluido que resulta armónico con el deber de los órganos públicos involucrados de actuar de manera coordinada y eficiente, con miras a satisfacer las necesidades públicas de que se trate, que quien sea responsable de pagar las obligaciones laborales y previsionales de contratos que emanan de convenios mandatos, sea el mandante.

20 de diciembre de 2023

Tribunal argentino reconoce derecho de abogado para retener dinero extraído de la caja fuerte de su mandante fallecido en cobro de sus honorarios.

24 de julio de 2023
El ordenamiento de fondo autorizaba al letrado a retener cuanto bastare para el pago no sólo de lo que hubiera adelantado y de los gastos realizados sino lo necesario para hacer frente, en el caso, a su remuneración. Este derecho le asiste aunque su crédito no sea líquido y, por tanto, no esté determinada la cuantía de sus honorarios.