Eficiencia energética

Empresas deben informar en sus publicidades la clase y gama de eficiencia energética del producto a comercializar, resuelve el TJUE.

En la medida de lo posible, la publicidad debe adoptar la misma presentación de las clases y gamas que la que figura en la etiqueta energética del horno o de la campana extractora de que se trate. En cualquier caso, si esa presentación no fuera factible, la clase y la gama deben aparecer de manera legible y visible y estar dispuestas de forma que respondan a las exigencias de información del consumidor.

19 de octubre de 2023