Modalidad telemática

Norma que permite a los tribunales disponer de oficio la realización de audiencias en modalidad telemática, no produce resultados contrarios a la Constitución.

No se advierte la vulneración al debido proceso que sostiene el municipio requirente, desde que los elementos que configuran esta garantía han estado presentes en igualdad de condiciones para ambas partes, sin que se aprecien diferenciaciones que pongan en entredicho la observancia del mandato del artículo 19 N° 3 inciso sexto constitucional.

28 de marzo de 2023