Los hechos que se declaran probados no permiten identificar con la necesaria claridad la presencia de dichos presupuestos inexcusables de tipicidad. Ni los síntomas de indisposición -mareo y náuseas- que presentaba la novia al momento en que se marchó el acusado permitían representarse una situación de peligro grave y manifiesto para su vida que no presentara síntoma alguno de afección cardiaca que fuera conocido por el acusado.
19 de enero de 2024