Sanción doble

Resolución que calificó en lista 4 a funcionario del Senado, se confirma por la Corte Suprema.

La magistratura indicó que la acción cautelar no es idónea para resolver un litigio que debe ser resuelto por un juez, en un procedimiento de lato conocimiento, pues el recurrente no posee un derecho indubitado para tutelar, al existir controversia en el hecho si debía ser o no evaluado al ejercer el cargo por un período menor a seis meses, debido a las sanciones de suspensión impuestas por dos sumarios previos en su contra.

16 de diciembre de 2023