Sanción laboral

Sanción de 50 días sin empleo ni sueldo impuesta a trabajador que insultó reiteradamente a sus compañeros de trabajo se ajusta a derecho, resuelve tribunal español.

La norma proclama la libertad de pensamiento, ideas y opiniones, no la de insultos ni calificativos degradantes, sin que pueda disculpar la utilización de expresiones ofensivas “cabrón” y “chorizo”, una incorrección del lenguaje que estará tolerada en las conversaciones amistosas, pero no empleadas con afán de zaherir y ofender a quien se dirigen o refieren.

4 de abril de 2024