Sentencia no ejecutoriada

Aunque la sentencia condenatoria por delitos de carácter sexual en perjuicio de menores no esté ejecutoriada, no es ilegal lo resuelto por el Tribunal Oral en lo Penal en orden a modificar la medida cautelar que afecta al amparado por la prisión preventiva.

La resolución se encuentra ajustada a derecho y ha sido dictada por tribunal competente dentro del marco de sus atribuciones y sin incurrir en ilegalidad alguna a la luz de lo dispuesto en el artículo 142 del Código Procesal Penal.

2 de octubre de 2023