Validez de la renuncia

Demanda por despido injustificado es improcedente si el empleador no efectuó actos tendientes a poner fin a la relación entre las partes.

El trabajador manifestó por correo electrónico sus deseos de renunciar, y si bien dicha comunicación no cumplió con las formalidades de la renuncia -en los términos establecidos en el artículo 177 del Código del Trabajo-, evidencia la inexistencia de actos del empleador para poner fin al vínculo entre ambos; por lo tanto, el actor no puede demandar despido injustificado.

28 de diciembre de 2023