Noticias

Para hacer efectiva su responsabilidad constitucional.

Parlamentarios presentaron acusación constitucional en contra de Ministro del Interior por vulneración a las garantías fundamentales.

El libelo se fundamenta en la infracción de la Constitución, al vulnerarse “el derecho a reunirse libre e informadamente sin permiso previo, por no velar por el orden público y la interferencia ilícita con una suerte de Estado de Emergencia”.

10 de agosto de 2011

Le corresponde a la Cámara de Diputados –como atribución exclusiva- declarar si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes personas: del Presidente de la República, de los Ministros de Estado, de los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor General de la República, de los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las Fuerzas de la Defensa Nacional y, por último, de los intendentes y gobernadores, por las causales que, respecto de cada una de esas autoridades taxativamente establece el artículo 52 N°2 de la Constitución. Se exceptúan –como sujetos pasivos- de la acusación constitucional los ministros del Tribunal Constitucional.
Como es sabido, aprobada la acusación queda la autoridad suspendida de su cargo, y el procedimiento sigue su tramitación ante el Senado, que actúa como tribunal y resuelve como jurado, para declarar si el acusado es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa, como lo establece el artículo 53 N°1 de la Carta Fundamental.
En virtud de tales disposiciones, el día de ayer fue presentada una acusación constitucional en contra del Ministro del Interior, Rodrigo Hinzpeter, luego de que se prohibieran las marchas estudiantiles que se iban a realizar el día 4 de agosto.
El libelo se fundamenta en la infracción de la Constitución, al vulnerarse “el derecho a reunirse libre e informadamente sin permiso previo, por no velar por el orden público y la interferencia ilícita con una suerte de Estado de Emergencia”.
El diputado Alfonso De Urresti precisó que la acusación se basa en “la infracción a la Constitución por desviación del poder al negarse autorizar la manifestación”. Añadió que se está ante “un situación donde un ministro determina suspender garantías constitucionales, porque anticipa que la validez de la propuesta de educación que presentó el Gobierno es suficiente para limitar el derecho a reunirse sin permiso previo. Si el Gobierno tenía antecedentes de desmanes debería haber actuado sobre eso grupos”.
En la misma línea, el diputado Alberto Robles, manifestó que “la defensa de los espacios públicos hay que hacerla en democracia y no es posible aceptar que ninguna autoridad vulnere los derechos de la sociedad. El señor Ministro se equivoca al tratar de cercenar los derechos de la sociedad a manifestarse y por eso debe responder políticamente”.
Cabe señalar que a los Ministros de Estado se los puede acusar por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, por infringir la Constitución o las leyes o haber dejado éstas sin ejecución, y por los delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos y soborno.

RELACIONADOS
* Fue retirada la acusación constitucional en contra de la ex – Intendenta de la región del Bío-Bío…
* Quedó ingresada a tramitación en la Cámara de Diputados la anunciada acusación constitucional…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *