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EIA aprobado el año 2011.

Segundo Tribunal Ambiental escuchó alegatos en reclamación de Mina Inverno contra Servicio de Evaluación Ambiental.

La Mina Inverno S.A. presentó dos recursos de reclamación contra la RCA del proyecto, los que fueron resueltos mediante Res. Ex. N°859 y N°860.

24 de marzo de 2017

El Segundo Tribunal Ambiental, con asiento en la ciudad de Santiago, escuchó los alegatos en el procedimiento de reclamación “Mina Inverno y Servicio de Evaluación Ambiental”.

Cabe recordar, que el 18 de enero del año 2010 el proyecto Mina Inverno ubicado en la Región de Magallanes y la Antártica Chilena ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), el que fue aprobado con fecha 02 de marzo de 2011, por la Comisión de Evaluación de Magallanes y la Antártica Chilena.

Posteriormente, la Mina Inverno S.A. presentó dos recursos de reclamación contra la RCA del proyecto, los que fueron resueltos mediante Res. Ex. N°859 y N°860, respectivamente, por el Director Ejecutivo del SEA, en su calidad de Secretario del Comité de Ministros.

Luego, el Tribunal Ambiental admitió a trámite la reclamación deducida por Ana Stipicic y otros, interpuesta en contra de la Resolución Exenta Nº 1193 de 2016, del Director Ejecutivo del Servicio de Evaluación, relacionada al Proyecto Minero Inverno, que puso fin al procedimiento administrativo de invalidación, rechazando el recurso de reposición interpuesto en contra de la resolución que rechaza la solicitud de invalidar las Resoluciones Exentas Nos 859/2011 y 860/2011.

Así, la recurrente aduce que por ser el mencionado acto el que resuelve un procedimiento administrativo de invalidación, se rechazó en definitiva una solicitud de invalidación que debió ser acogida, por recaer sobre un acto ilegal, siendo la propia Resolución reclamada un ejercicio ilegal de las atribuciones de la administración.

 

 

Vea texto íntegro del expediente R-138-2016.

 

 

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