$9.000.000 y $6.000.000.
Primer Juzgado de Letras de La Serena condenó a empresa constructora pagar indemnización por enriquecimiento indebido.
Respecto al daño moral, el fallo establece que los demandantes tuvieron que verse expuestos a una serie de angustias y de trámites.

El Primer Juzgado de Letras de La Serena condenó a la empresa constructora Santa Beatriz S.A., a pagar indemnización a matrimonio argentino que, en 2009, suscribió contrato de promesa de compraventa de departamento en el conjunto habitacional Juan Soldado de la ciudad, contrato que la demandada no cumplió.
En la sentencia, se ordenó a Santa Beatriz restituir, en partes iguales, a Antonino Bonanno y María Carmen Pérez, la suma de $9.000.000 (nueve millones de pesos) por enriquecimiento indebido, y $6.000.000 (seis millones de pesos), por concepto de daño moral, expresándose que no puede sino concluirse la existencia de un contrato de reserva, de carácter bilateral, cuyo objeto no se cumplió, la celebración del contrato de promesa de compraventa –y consecuente compraventa posterior– lo cual generaría, como consecuencia, que la demandada se encuentre obligada a restituir lo recibido en caso de no haber cumplido la Constructora Santa Beatriz S.A. con su parte del acuerdo", establece el fallo.
Y es que al no haberse celebrado la promesa ni la compraventa definitiva, la demandada se ha enriquecido al recibir el pago de los $9.000.000 por parte de la demandante doña María Carmen Pérez, no existiendo justa causa para ello".
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