Diario Constitucional

Recursos de casación rechazados.

Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda contra empresa de servicios financieros por infracción a la ley del consumidor.

El máximo Tribunal descartó error en la sentencia atacada, dictada por la Corte de Puerto Montt, que confirmó la de primer grado que ordenó a la demandada pagar una multa total de 850 UTM, a beneficio fiscal, por incluir cláusulas abusivas en contratos de adhesión, incumplir obligación de escrituración de los contratos de prestación de servicios financieros y cobrar a los consumidores intereses superiores al máximo convencional.

Por Redacción·04 de julio de 2022·7 min de lectura
Corte Suprema confirma fallo que acogió demanda contra empresa de servicios financieros por infracción a la ley del consumidor.
Referencial

La Corte Suprema rechazó los recursos de casación en el fondo interpuestos por las partes, en contra de la sentencia que condenó a la empresa de servicios financieros Latinoamericana de Comercio Limitada, por infringir la ley de protección de los derechos de los consumidores.

El fallo plantea en relación al recurso de la parte demandada que, la recurrente de nulidad funda su arbitrio expresando que la sentencia infringe los artículos 1 Nº 2, 3 inciso 1º letras b y e), 3 inciso 2º letra a), 17, 23, 24 y 26 de la Ley Nº 19.496. Expone que debió acogerse la prescripción respecto de los hechos anteriores a mayo del 2016 y atendido que la demanda no fue deducida contra la otra persona jurídica prestadora del servicio y que existe cosa juzgadas respecto de las conductas denunciadas que fueron objeto del proceso penal, las multas debieron aplicarse en su grado mínimo y concluye solicitando la invalidación del fallo recurrido y su reemplazo por uno que acoja la excepción de prescripción o en subsidio rebaje las multas.

La resolución agrega que la Corte confirmó el fallo de la instancia que rechazó la excepción de prescripción y acogió la acción asentando en su motivo cuadragésimo octavo que teniendo en cuenta la naturaleza de permanentes o continuadas en el tiempo, de las conductas que se denuncian como infracciones a la ley del consumidor en esta causa, no resulta posible aplicar la prescripción extintiva contemplada en el artículo 26 de la LPDC a la acción infraccional, mientras tales conductas denunciadas no hayan cesado.

Constitucional AI: El fallo, a la vista. Prueba gratis.

Te puede interesar

Constitucional AI: La IA que cita. Tribunal, rol, fecha, enlace. Prueba gratis.