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Por unanimidad.

CS declaró inadmisible recurso de unificación de jurisprudencia contra sentencia que rechazó denuncia de tutela.

La decisión impugnada no contiene ninguna interpretación sobre la materia de derecho planteada por el recurrente.

13 de agosto de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema declaró inadmisible un recurso de unificación de jurisprudencia deducido por la parte demandada en contra de la sentencia de la Corte de Valparaíso, que rechazó el recurso de nulidad que interpuso en contra la sentencia de primera instancia que rechazó la denuncia de tutela y acogió la demanda subsidiaria que declaró que el despido cursado a la demandante fue injustificado.

El 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Quillota resolvió que, entendiéndose que la demandada ha pretendido fundamentar el despido en el mal desempeño de la actora, eventualmente asimilable a la causal del artículo 48 letra f) de la ley N° 19.378, relativa a la mala calificación de la Trabajadora, o de la letra b) del mismo artículo, referido a Incumplimiento de las obligaciones funcionarias, lo cierto es que tal desempeño no ha sido debidamente acreditado en la causa, mediante el correspondiente sumario administrativo y su resultado, realizado en un justo y racional procedimiento, como se comprueba del análisis de la prueba rendida en la especie.

La Corte de Valparaíso hizo presente en su fallo que, lo sostenido en su recurso por la demandada, significa por una parte, que los hechos fijados por el juez a quo son correctos al intentar la causal del artículo 477 del Código del Trabajo y la del artículo 478 letra c) del mismo texto legal. Sin embargo, simultáneamente, sostiene que tales presupuestos fácticos están equivocados y que sólo obedecen a una valoración de las pruebas distinta de la permitida por el artículo 456 del Código del Trabajo (al impetrar la causal del artículo 478 letra b) del código del ramo.

La sentencia de la Corte Suprema indicó que, la decisión impugnada no contiene ninguna interpretación sobre la materia de derecho planteada por el recurrente por lo que, en las condiciones expuestas y, en especial, dado el carácter especialísimo y excepcional que reviste el mecanismo de impugnación que se intenta, particularidad reconocida expresamente por el citado artículo 483 del estatuto laboral, al consagrar su procedencia bajo los supuestos estrictos que la disposición contempla, motivos por los que se declaró inadmisible el recurso de unificación de jurisprudencia.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 24.316-2020, de la sentencia de la Corte de Valparaíso Rol N° 855-2019 y del 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Quillota Rol N° T-6-2019.

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