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Cámara de Diputados rechazó iniciativa que pretendía eliminar referencia al número de Diputados de la Constitución y entregar tal determinación al legislador.

“Las modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, a que dé lugar la presente reforma, deberán dictarse en el plazo de un año contado desde la publicación en el Diario Oficial de esta reforma”.

5 de julio de 2012

La Cámara de Diputados rechazó – por 67 votos a favor, 36 en contra y 4 abstenciones- el proyecto de reforma constitucional, iniciado por moción, destinada a darle mayor proporcionalidad y representatividad al sistema electoral.
Cabe destacar que la iniciativa pretendía eliminar del artículo 47 de la Constitución la referencia a 120 diputados, de manera que quede en manos de la respectiva ley orgánica constitucional la fijación de escaños en la cámara baja; y agregar una disposición transitoria que disponga que “Las modificaciones a la Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, a que dé lugar la presente reforma, deberán dictarse en el plazo de un año contado desde la publicación en el Diario Oficial de esta reforma”. Sin perjuicio de lo anterior, mediante un informe expedido por la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, se recomendó aprobar el proyecto, pero con ciertas enmiendas, esto es, agregando un inciso final al artículo 18 de la Carta Fundamental, en el cual se establezca que “en las elecciones de diputados y senadores se empleará un procedimiento que de por resultado una efectiva proporcionalidad en la representación popular, así como una adecuada representación de las regiones del país” y sustituyendo el artículo 47, señalando que “La Cámara de Diputados está integrada por miembros elegidos en votación directa por distritos electorales. La ley orgánica constitucional respectiva determinará el número de diputados, los distritos electorales y la forma de su elección”, por último, que la Cámara baja “se renovará en su totalidad cada cuatro años.”.

Vea texto íntegro de la moción y tramitación.

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