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Dictamen.

SUSESO precisa alcance de vigencia del bono “Bodas de Oro” en el contexto de la emergencia sanitaria.

La resolución refiere al cómputo del plazo para solicitarlo.

29 de agosto de 2021

En el ejercicio de las funciones y atribuciones que le confieren su Ley Orgánica N°16.395 y el artículo 8 de la Ley N°20.506, la Superintendencia emitió un pronunciamiento precisando el alcance de lo establecido en el Oficio N°3.554, que impartió instrucciones en materia de Bono Bodas de Oro, en el contexto de la Alerta Sanitaria declarada en el territorio nacional.

Al respecto, informa que, con fecha 18 de junio de 2021, se publicó en el Diario Oficial en Decreto N°24 del Ministerio de Salud, que prorrogó la vigencia del Decreto N°4 de 2020 -mediante el cual se decretó la Alerta Sanitaria en por brote del Coronavirus- hasta el 30 de septiembre de 2021.

En tal contexto, respecto de la solicitud del Bono Bodas de Oro, expresa que el plazo de doce meses para impetrar el derecho al bono establecido en la Ley N°20.506, contado desde la fecha en que el matrimonio cumpla 50 años, correrá a contar del día hábil siguiente a la fecha de término de la vigencia del mentado Decreto N°4 de 2020 del Ministerio de Salud, esto es, desde el día 01 de octubre de 2021.

Agrega que el plazo previamente indicado aplicará tanto para los casos en que el plazo de solicitud de beneficio expire durante la vigencia del antes singularizado Decreto N°4, así como para aquellos en que el cumplimiento del requisito de 50 o más años de matrimonio, se verifique durante el mismo plazo de vigencia.

Con todo, cualquiera sea la hipótesis, la renuncia del bono por no solicitarse dentro del término indicado, sólo se entenderá una vez expirado este nuevo plazo de doce meses, esto significa que la renuncia se entenderá sólo a contar del día hábil siguiente al 30 de septiembre de 2022.

Finalmente, instruye dar la más amplia difusión a lo expuesto, especialmente entre los funcionarios responsables de su aplicación.

 

Vea texto del Dictamen N°3.065-2021.

 

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  1. cuánto,se demora la entrega del bono una vez,realizado el trámite.
    cumplimos los 50 años 21 de Noviembre 2023
    dónde hay que retirar,o llegará a mi correo,o me avisarán a mi número de celular
    En algún momento pensé que era de inmediato,
    pero aún no hay ningún aviso.
    a quien nos podemos dirigir?.
    y que es eso?web?