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Si hayan denunciado un hecho delictivo la pena se agrava.

Proyecto de ley tipifica una nueva conducta de acoso para castigar a quienes siguieren, establezcan contacto, llamen a su teléfono o envíen comunicaciones a las víctimas para que no denuncien delitos.

“Quien, en contra de la voluntad de otra persona, afectando con ello gravemente las condiciones de su vida privada, insistentemente la siguiere, intentare establecer contacto con ella o llamare a su teléfono o le enviare comunicaciones”.

21 de mayo de 2023

La moción, patrocinada por la Senadora María José Gatica, modifica el Código Penal, para tipificar una nueva conducta de acoso y una hipótesis agravada. 

La autora del proyecto de ley señala que nuestro país está experimentando la crisis de seguridad más significativa en su historia. En la práctica, esto genera una sensación de impunidad y vulnerabilidad en nuestra sociedad. 

Por ello considera que un elemento importante en la persecución del delito es la denuncia que realizan testigos, ya que sin ellos muchos delitos no pueden ser conocidos, investigados y perseguidos por el Ministerio Público y las Policías.

En esa línea, advierte que existen cifras negras de delitos que jamás son denunciados por falta de confianza en la efectiva persecución penal.

Observa que en los casos de acoso existe un desincentivo mayor para denunciar por parte de las víctimas. 

En virtud de lo expuesto, considera necesario proponer un nuevo tipo penal de acoso y una hipótesis agravada cuando se trate de personas que hayan denunciado un hecho delictivo. 

El proyecto de ley, de artículo único, introduce el siguiente nuevo artículo 161-D al Código Penal: 

«Será sancionado con presidio menor en su grado medio quien, en contra de la voluntad de otra persona, afectando con ello gravemente las condiciones de su vida privada, insistentemente la siguiere, intentare establecer contacto con ella, llamare a su teléfono o le enviare comunicaciones. 

Si la conducta descrita en el inciso anterior estuviere motivada por la circunstancia de que la víctima hubiere denunciado un hecho ilícito, ante las autoridades competentes, la pena se elevará en un grado.» 

El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento de la Cámara Alta.

Vea Boletín Nº 15916-07 y siga su tramitación aquí. 

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