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Se recurrió de nulidad.

Tribunal Laboral acoge tutela de derechos fundamentales por despido discriminatorio y antisindical.

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió una acción de tutela de derechos fundamentales deducida por un trabajador en contra de AFP HABITAT S.A.

28 de agosto de 2015

El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió una acción de tutela de derechos fundamentales deducida  por un trabajador en contra de AFP HABITAT S.A.

Al efecto, el demandante expone en su libelo que el día 27 de enero de 2015 fue despedido de su trabajo, junto a 7 trabajadores, todos sindicalizados, por la causal de necesidades de la empresa, bajo el argumento que la sucursal en la que se desempeñaban iba a cerrar.

Enseguida, el actor arguye que no concurre la causal invocada y alega la configuración de una práctica antisindical, por cuanto el despido está motivado por su activa participación y apoyo al Sindicato Nacional de Trabajadores N°1 de la empresa.

Finalmente, sostiene que debe declararse la nulidad del finiquito suscrito, por cuanto no se encontraba en una situación proclive a manifestar su voluntad con libertad, ya que la empresa realizó una maquinación por la cual engañó y presionó para obtener la declaración de voluntad de los trabajadores.

En su sentencia, aduce el Tribunal Laboral que en la suscripción del finiquito en cuestión existieron situaciones graves, impactantes y fuera de lo corriente, capaces de producir un impacto tal en el actor, que impide considerar que su voluntad expresada por escrito fuera veraz, libre, espontánea e informada, por lo que se configura un vicio de fuerza moral.

A continuación, el fallo arguye que, con el mérito de la prueba rendida se desprenden indicios múltiples y suficientes para crear la convicción en orden a que realmente el motivo de cierre de la sucursal y consecuente despido del actor, tuvo directa relación con el ejercicio del derecho a huelga de los trabajadores sindicalizados de dicha agencia en el mes de junio de 2014.

Así, conforme a lo expuesto, concluye la sentencia declarando que el despido del actor ha sido discriminatorio y antisindical y, en consecuencia, condenó a la demandada al pago de prestaciones al actor por concepto de incremento del 30% de la indemnización por años de servicio y por concepto de indemnización adicional por despido vulneratorio de derechos fundamentales, así como al pago de una multa ascendente a 150 UTM por haber incurrido en una práctica antisindical.

La sentencia fue recurrida de nulidad para ante la Corte de Apelaciones de Santiago.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia.

 

 

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