Cartas al Director

Acusación constitucional.

Francisco Bartolucci Johnston

20 de junio de 2023


La oposición al actual Gobierno se apresta a presentar una acusación constitucional en contra del Ministro de Educación por su “pésimo” desempeño. Si bien, nuestro ordenamiento constitucional no establece un régimen parlamentario que permita al Congreso evaluar el desempeño de un Ministro de Estado y si éste resulta insatisfactorio provocar su “caída” por medio del mecanismo de la acusación constitucional, estimo hay otra causal que si funda y amerita su acusación y destitución: el Ministro ha incurrido en la causal de  “infringir la Constitución y las leyes” señalada en el artículo 52, paréntesis 2, letra b de la Constitución Política que nos rige.

En efecto, esta grave infracción se configura al impulsarse decididamente desde el Ministerio a su cargo una política “oficial, única y obligatoria” sobre educación sexual y afectiva de niños y niñas en la educación pública y subvencionada, la cual, por lo demás, resulta altamente resistida por los padres dados los inconvenientes y descarriados postulados que consigna y los contenidos que de ella se han conocido y aplicado. El proceder del señor Ministro, impulsando dicha política, atenta gravemente contra derechos fundamentales establecidos en la actual Constitución, como son los de libertad de conciencia y libertad de enseñanza establecidos en el artículo 19, numerales 6° y 11° respectivamente, (invito a su lectura).

Espero, esta grave infracción a la Constitución sea el principal fundamento en la futura acusación constitucional en contra del señor ministro y se de curso a su destitución en resguardo del orden constitucional vigente, pero por sobre todo velando por la recta formación educacional de niños y niñas en materia de afectividad y sexualidad, y por el respeto al derecho exclusivo de los padres a decidir sobre esta materia.

 

Francisco Bartolucci Johnston

Abogado

 

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