Cartas al Director

Literatura «infantil».

Dr. José Ignacio Núñez Leiva

25 de septiembre de 2023


Do not go gentle into that good night,

Old age should burn and rave at close of day;

Rage, rage against the dying of the light.

 

Though wise men at their end know dark is right,

Because their words had forked no lightning they

Do not go gentle into that good night.

 

Dylan Thomas

 

Nos han invitado a reflexionar en una jornada pronta a desarrollarse sobre Derecho y Ciencia Ficción, la gula nos impide la continencia y hemos deseado reportar algunas de nuestras reflexiones preliminares. La tentación inicial fue hablar de nuestros personajes favoritos. Sin embargo, esos mismos personajes extendieron la invitación a proponer algunas sílabas sobre su importancia y no asistir dócilmente a esa buena noche.

Sci Fi – Sci Phy (losophy of Law)[1]

La mera yuxtaposición no implica vínculo. El arsenal retórico admite un inasible inventario de acercamientos entre el artefacto denominado Derecho y relatos transmitidos en diferentes recursos discursivos y formatos estéticos, todo con el afán propio de las proposiciones normativas: persuadir.

La calidad de los textos sobre el Derecho facturados en complicidad con insumos metajurídicos depende de muchos factores que se mueven entre dos polos: el poder de persuasión y la capacidad de denotación. En efecto, en la praxis jurídica es tan de estilo la cita al enunciado normativo (señoría la norma X supone una consecuencia Y) como la alusión – muchas veces antojadiza – a pasajes de diferentes relatos con afanes de amplificación de la razonabilidad de nuestras posiciones ante la realidad. Inventariamos como relatos a la producción artística en sus diferentes facetas, desde lo evidente como un cuento, una poesía o un libro, hasta una ópera, una película, una escultura o una serie de televisión, sin excluir a lo que lectoras y lectores puedan añadir a esta lista.

El punto el que orienta las reflexiones que proponemos en las siguientes líneas. ¿Cuáles pueden ser las áreas de conexión que estimulan y multiplican la estantería de conceptos que nutren los reportes del Derecho a partir de realidades elaboradas por discursos que procuran evadir las fronteras de lo cotidiano para diseminar lo no evidente y sus secuelas?

¿Por qué l@s Juristas vamos fuera de la norma para darle forma al Derecho?

Existen varios y notorios centros de gravedad que aproximan al derecho con los relatos. Los relatos tienen la virtud de eludir los factores tiempo y espacio. Nos permiten acudir una y otra vez a ellos experimentando y reflexionando sobre acontecimientos y situaciones, a veces como espectadores, otras como protagonistas. Tal vez por eso es que releemos (o vemos varias veces) nuestras historias favoritas; son el reflejo de alguna de nuestras vidas, incluso las futuras.

No resulta indispensable ensayar conceptos de Derecho ni de relatos. El Derecho ha sido tradicionalmente inspiración de numerosas historias, ya sea implícita, como explícitamente. Y a la inversa, también los ejercicios retóricos en que apuntalamos nuestros argumentos dentro de las aulas, negociaciones o magistraturas toman prestadas escenas gráficas, canciones, líricas y retratos para hacer caja de resonancia de lo que queremos transmitir.[2]

Con tal telón de fondo, podemos ensayar un borrador de posibles relaciones simbióticas entre Derecho y las múltiples creaciones artísticas. Y acá seguiremos a Trindade y Magalhaes: “En ese escenario, en el que la literatura asume gran importancia, parece conveniente profundizar en aspectos conectados 1) a su dimensión creadora y crítica, 2) a su dimensión lingüística y, por fin,.3) a las convergencias y divergencias que pueden establecerse entre derecho y literatura[3]. En esta columna nos abocaremos a la primera idea.

La dimensión creadora de los relatos, especialmente en los de ficción, es tendencialmente deconstructiva. Reelabora las identidades, los paisajes y los universos. Confecciona leyes de la naturaleza que escapan de la lógica cotidiana y se sacuden de la ciencia. Permite soñar (nos) desde la cama o un sillón. No carga con los estereotipos que cotidianamente nos atan, al mismo tiempo que regala la posibilidad de reconocernos o imaginarnos en personajes, sonidos o paisajes.

La obra de arte produce, mediante la imaginación, un desplazamiento en la mirada, cuya mayor virtud está en la ampliación y fusión de los horizontes, de modo que todo pasa como si, a través de ella, lo real posibilitase el surgimiento de mundos y situaciones hasta entonces no pensados”. Nos dicen Trindade y Magalhaes[4]. Pero al mismo tiempo nos convida a pensar. A convertirnos en seres pensantes y no pensados. Creador y espectador, sin reloj ni lugar, nos transforman en artífices del producto observado.

Pero no es simplemente crítica en el sentido retórico o discursivo; lo es en una dimensión más profunda pues es un arsenal de resistencia. Es un cinturón que porta balas de plata capaces de desmoronar realidades y minar injusticias. Por eso es preciso concordar con Barthes cuando afirma que; a aquellos que no son caballeros de la fe y tampoco súper-personas, pueden jugar con la lengua, pues solamente así puede escucharse la lengua fuera del poder, dar voz al marginado, en el esplendor de una revolución permanente del lenguaje – esa trampa saludable, para Barthes, es lo que se llama relato[5].

Por eso, en los tiempos que atravesamos, donde (saludablemente) resurge con bríos la disputa por la concepción de lo que es el derecho, deviene en terapéuticamente necesaria una dosis de relatos. Como expresó Shelley en 1821: el momento es todavía de superación del actual modo-de-producción del derecho y, por la teoría literaria debe ser vista como una fuerte aliada, incluso porque: poets are the unacknowledged legislators of the world.

 

Dr. José Ignacio Núñez Leiva

Profesor

de Derecho Constitucional

Universidad Autónoma de Chile

 

[1] Tomamos prestada esta bella idea de GARCIA, Alfonso y ALEXY, Robert (2007) Star Trek y los Derechos Humanos, Valencia, Tirant Lo Blanch, p. 7.

[2] GARCIA, Alfonso y ALEXY, Robert (2007) Star Trek y los Derechos Humanos, Valencia, Tirant Lo Blanch, p.20.

[3] TRINDADO, André y Magalhães, Roberta (2009) en Revista Electrónica del Instituto de Investigaciones «Ambrosio L. Gioja» – Año III, Número 4, 2009.

[4] TRINDADO, André y Magalhães, Roberta (2009) en Revista Electrónica del Instituto de Investigaciones «Ambrosio L. Gioja» – Año III, Número 4, 2009, p. 168.

[5] BARTHES, R. (1980): Aula. São Paulo: Cultrix.

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