Entrevista

Encerronas y portonazos, un fenómeno delictivo creciente y aparentemente sin control.

Cristian Ortiz Díaz, abogado, Magíster en Derecho Penal y profesor de la USS: «Podemos encontrar entre las causas, algunas tales como la rápida retribución económica de estos delitos al vender el auto o las piezas, la poca experiencia y planificación que requieren para su cometido, y la búsqueda de validación por sus pares».

Ortiz afirma que existen otras causas aún más profundas, por ejemplo la alta deserción escolar, las graves vulneraciones de derechos que viven a diario niños, niñas y adolescentes, el abandono parental, la normalización de la delincuencia, y quizás la más difícil pandemia de todas: el consumo de drogas. Asegura que «hay gran organización de un mercado negro de encargo de vehículos y piezas, la que si se neutraliza y se detiene, va a provocar la disminución de los delitos».

5 de octubre de 2022

Por Konstanza Guerrero, USS

Carabineros de Chile ha informado del fuerte aumento observado en el robo de vehículos y de la extrema violencia empleada para su comisión. Hasta el mes de agosto, se han registrado 7.908 casos de encerronas y portonazos, es decir, un 121% más que en el mismo periodo del año 2021.

Más alarmante es que el robo violento de vehículos es el delito con mayor participación de niños, niñas y adolescentes. Cinco de cada diez detenidos por este tipo de ilícitos, corresponden a niños/as y adolescentes, y la concentración etaria de dicho grupo está entre los 16 y 17 años.

Es natural entonces la preocupación de las autoridades y la necesidad de disponer de una mayor presencia policial, y de nuevas tecnologías (pórticos, cámaras de seguridad, puntos fijos y móviles de control de Carabineros, tanto en autopistas como en carreteras y calles), para prevenir y perseguir la ocurrencia de estos delitos, como también aprobar medidas legislativas para garantizar una mayor eficacia en su persecución.

Para conocer un poco más sobre este fenómeno delictual y evaluar la efectividad de las medidas dispuestas para enfrentarlo, consultaremos al profesor Cristian Ortiz Díaz, abogado, Licenciado en Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad San Sebastián. Magíster en Derecho Penal, por la UCSC y diplomado en Derecho Administrativo Sancionador por la UNAB. Docente de la asignatura de Derecho Penal General en la Universidad San Sebastián.

1. Se habla de encerronas y portonazos. ¿Usted advierte alguna diferencia en el tratamiento legislativo de estos ilícitos?

Si bien se ha entendido socialmente que las encerronas y los portonazos son dos tipos de situaciones distintas una de la otra, la situación penalmente relevante es la misma: el robo de un vehículo motorizado, en donde los sujetos se aprovechan de alguna circunstancia que favorezca la realización del delito, como el caso en que la víctima debe detener la marcha al llegar al portón de acceso a su domicilio (portonazo), o bien, al conducir a través de una sección de algún camino, carretera o autopista (encerrona) que no tiene salida libre.

Por lo anterior, nuestro legislador ha optado por ir realizando diversas modificaciones legales al Código Penal, ante la aparición de estas figuras delictivas, primero a través de la Ley N°20.639, y posteriormente con la dictación de la ley N°21.170, que regulan delitos que tienen como objeto del mismo, la apropiación de vehículos motorizados, ya sea a través del robo, hurto o receptación. En ese sentido, estas leyes no han hecho una diferencia en tipos penales específicos sobre “portonazos” o “encerronas”, sino que el legislador ha establecido diversas modalidades de comisión de dichos delitos, como por ejemplo a través del robo de vehículo motorizado por sorpresa o distracción de la víctima, o bien, aquellos realizados usando  violencia o intimidación.

2. ¿A qué atribuye el exponencial aumento de este tipo de delitos?

Las causas pueden ser diversas, y difícilmente podamos mencionar una sola como la principal fuente de aumento en el delito de robo de vehículos motorizados. En principio, me puedo atrever a señalar que lo que dio origen a este tipo de delitos, tiene directa relación con el aumento en la tecnología de los vehículos que llegan a Chile. Un estudio de la Jefatura Nacional contra Robos y Focos Criminales de la Policía de Investigaciones, determinó que a partir del año 2011 se comienzan a apreciar estas formas de actuar, relacionándose directamente con el equipamiento de llaves electrónicas inteligentes en los vehículos, puertas con clave, o arranque con botón, lo que necesariamente llevó a que las bandas especialmente dedicadas al robo de vehículos cambiaran su modus operandi.

Además, podemos decir con cifras que respaldan el aumento, que desde el inicio de la pandemia, los retiros de AFP, y los subsecuentes quiebres de stock tanto en vehículos nuevos, el alza de precio en los vehículos usados, y la falta de repuestos, que desde el año 2020 en adelante ha aumentado significativamente la comisión de dichos delitos, seguramente, porque debido a los factores recién mencionados, se transformó en un nicho altamente lucrativo y de rápida retribución económica a través del mercado negro y la venta informal.

3. Estos delitos son cometidos principalmente por niños/as y adolescentes. ¿A qué lo atribuye? ¿Tendrá incidencia en ello las menores penas asociadas a estos ilícitos cuando son cometidos por menores de edad?

Recuerdo que en julio de este año, se presentaron por parte del Departamento de Análisis Criminal de Carabineros, diversos datos respecto de estos delitos, destacando el informe que el robo violento de vehículos es, actualmente, el delito con mayor participación de niños, niñas y adolescentes, entregando la alarmante cifra de que cinco de cada 10 detenidos por robo violento a vehículos es menor de edad.

La anterior cifra, es bastante preocupante, porque si bien, es complejo atribuir a una sola causa, nos da cuenta de la temprana edad en la que está iniciando un sujeto en la delincuencia y la conformación de bandas dedicadas al delito, ya que los portonazos o encerronas tienen como características que son realizados por bandas ya que generalmente el delito debe ser realizado por a lo menos dos o más sujetos. Puede ser que estas bandas especializadas estén reclutando menores de edad transformándolos en sus “niños soldados”, o bien, simplemente aquellos menores de edad están tomando la mala decisión de comenzar una carrera delictual.

Si bien, en nuestro país existe una Ley de Responsabilidad Penal adolescente, que otorga una pena diferenciada más benigna a quienes aún no han cumplido la mayoría de edad, no le atribuiría solo a esta la participación de NNA en la comisión de estos delitos. Podemos encontrar entre las causas, algunas tales como la rápida retribución económica  de estos delitos al vender el auto o las piezas, la poca experiencia y planificación que requieren para su cometido, y la búsqueda de validación por sus pares. Pero también creo que existen otras causas aún más profundas que eso, como por ejemplo tenemos la alta deserción escolar, las graves vulneraciones de derechos que viven a diario niños, niñas y adolescentes, el abandono parental, la normalización de la delincuencia, y quizás la más difícil pandemia de todas: el consumo de drogas.

4. ¿Qué medidas sugeriría a Carabineros y a la PDI para disminuir, o al menos frenar la comisión de estos ilícitos?

Desde el año 2020, cuando se comenzó a hacer notar el exponencial crecimiento de estos delitos, las policías, tanto la civil, como la uniformada, han estado implementando los denominados planes “antiencerronas”, los que, si bien han dado resultados más que nada en la recuperación de los vehículos robados, aún no han podido disminuir la comisión de los mismos.

Por lo anterior, creo que podemos hablar en dos tipos de medidas para intentar disminuir los portonazos y encerronas por parte de las Policías y del Gobierno. En primer lugar, realizar una mayor tarea investigativa, la cual debe buscar identificar aquellas bandas organizadas que se dedican a este tipo de ilícitos y que son toda una cadena en el mismo, ya que se les encargan vehículos determinados, ya sea para venta completa o de las piezas, las que luego se comercializan o se exportan. Por lo tanto, hay gran organización de un mercado negro de encargo de vehículos y piezas, la que si se neutraliza y se detiene, va a provocar la disminución de los delitos.

Pero no basta con eso. Para poder realizar una mayor y mejor labor investigativa, las Policías deben contar con el personal necesario. Por ello, se debe dotar con más funcionarios, y ojalá especializados, tanto a Carabineros de Chile como a la Policía de Investigaciones, ya que esto requiere trabajo de campo, en terreno, investigación, controles de caminos, labor preventiva, y hoy hay una notoria baja en la cantidad de funcionarios en servicio.

5. En cuanto a la ley 21.170, denominada “Ley Anti-portonazo”, ¿en qué consiste? ¿Considera que esta norma sea suficiente para disminuir estos delitos?

En líneas generales, el legislador penal ha entendido, que aumentando las penas de los delitos, o estableciendo ciertos tipos penales especiales, se va a lograr disminuir la criminalidad. Esto, y bajo una perspectiva muy propia, puede no ser la mejor forma de enfrentar el fenómeno criminal. Pero bajo este concepto, es que surgió la ley N°21.170, teniendo su principio en Mensaje Presidencial del entonces presidente Sebastián Piñera. Esta norma vino a modificar el tratamiento de las penas de los delitos de robo y receptación de vehículos motorizados, o de los bienes que se encuentran al interior de los vehículos, estableciendo además, otras medidas relacionadas.

Al revisar la historia de la ley, señala que tiene como uno de sus fundamentos “no sólo sancionar en la ley penal la conducta que corresponde al fenómeno delictivo denominado públicamente como “portonazo”, sino también desincentivar el uso o la reducción de los vehículos motorizados que sean despojados a las víctimas mediante violencia o intimidación”.

Esta ley entonces, vino a intentar de alguna manera, disminuir preventivamente la comisión de estos ilícitos, modificando ciertos tipos penales vinculados al robo con violencia, robo con intimidación, el robo con fuerza de bienes al interior de vehículos motorizados, el robo de vehículos por distracción, la receptación de vehículos motorizados, y además diversas modificaciones a la ley de tránsito.

Como señalaba anteriormente, creo que si bien definir tipos penales específicos y aumentar las penas de delitos de alta connotación, no es la mejor herramienta para poder disminuir la comisión de delitos, de todas formas esta ley puede otorgar una mayor sensación de seguridad para la población y mayores herramientas para que el Ministerio Público pueda obtener sentencias condenatorias a quienes cometen el delito, pero también debe ser complementada con estrategias referidas como un perfeccionamiento en la investigación policial y aumento en la dotación de los funcionarios. Además, es lamentable pero inevitable que los propios ciudadanos deban realizar estrategias de autocuidado también al momento de conducir por lugares denominados como “puntos rojos de portonazos”.

6. Cuando estos delitos se cometen en autopistas concesionadas en las que se paga TAG para circular ¿Estima que las concesionarias tienen algún grado de responsabilidad?

En el artículo 6° de la Ley N°21.170 se establece una obligación para las concesionarias que operan con sistema electrónico de cobros como el TAG, debiendo informar cuando circulen vehículos motorizados que estén en el registro de vehículos con encargo por robo, hurto o receptación. No se establece legalmente una responsabilidad por el hecho de haberse cometido un robo de vehículo al interior de las carreteras o caminos concesionados, sino más bien el deber de información solamente.

Ahora, si dichas concesionarias tienen algún grado de responsabilidad por la comisión de estos delitos, es complejo determinarlo a priori, pero si se podría estimar que a lo menos hay ciertas acciones de mitigación o prevención que podrían realizar, como por ejemplo la instalación de cámaras de seguridad de alta tecnología en ciertas zonas rojas, una mayor colaboración con las policías, y mejora en la infraestructura vial.

Eso sí, me parece curioso que en el referido artículo 6°, la obligación de informar de las concesionarias, solo se haya establecido para aquellas que cuentan con sistemas electrónicos de cobro, lo que deja fuera de dicha obligación a gran parte de las concesionarias del país, especialmente aquellas que no están operando en la Región Metropolitana, invisibilizando el hecho de que este tipo de delitos también se comete en regiones, lugares en que se han identificado bandas que actúan en regiones de Maule y Ñuble, por ejemplo.

7. El incremento de la migración, ¿estima que ha contribuido al incremento de esta criminalidad?

Dentro de los datos entregados por las diversas instituciones que se relacionan con estos delitos, como el Ministerio Público, las Policías o la Subsecretaría de la prevención del delito, no se planteado la inmigración como uno de los factores que inciden en el aumento de portonazos y encerronas.

Además, los datos que sí tenemos es que la mitad de los autores que los cometen son menores de 18 años, nacionales, y asimismo, los líderes de las bandas especializadas dedicadas a este delito. Por lo demás, estas bandas requieren tener conocimiento del territorio, conocer los lugares de desarmadurías clandestinas, contactos para la reducción de los vehículos y sus piezas, por lo que creo los autores son en gran parte nacionales no relacionados con el fenómeno de la inmigración.

 

 

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