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A tercer trámite.

Cámara introduce modificaciones a proyecto que regula tenencia responsable de mascotas.

El proyecto se encuentra pasó a trámite constitucional y el Senado deberá analizar las modificaciones introducidas y sancionadas por la Cámara de Diputados.

23 de julio de 2014

La Cámara de Diputados introdujo una serie de modificaciones al proyecto sobre tenencia responsable de mascotas y animales de compañía, rechazándose, además, el artículo 27, que otorgaba a los municipios facultades para el control reproductivo y el cuidado de mascotas, particularmente caninos y felinos.

La iniciativa, recibió una serie de cambios, orientados a la fijación de obligaciones y derechos de los responsables de animales de compañía; la protección de la salud y bienestar animal, mediante la tenencia responsable; la protección de la salud pública, la seguridad de las personas, el medio ambiente y las áreas naturales protegidas, aplicando medidas para el control de la población de mascotas o animales de compañía; y la regulación de la responsabilidad por los daños a las personas y a la propiedad que sean consecuencia de la acción de mascotas o animales de compañía.

Al efecto, cabe recordar que la iniciativa la iniciativa crea el Registro Nacional de animales potencialmente peligrosos de la especie canina, por razones de las características de su raza, tamaño o episodios anteriores de agresión, así como de los criaderos de este tipo de animales. Asimismo, establece que será responsable de las mascotas o animales de compañía su dueño o poseedor, quien responderá civilmente de los daños que pueda provocar.

En cuanto a los ataques que se produzcan al interior de una propiedad debidamente cercada, cuando la persona dañada por el animal haya ingresado sin autorización del propietario o custodio, y/o cuando ésta estuviese perpetrando un crimen o simple delito contra la persona o bienes del dueño o tenedor del perro, se exceptuará de las sanciones y responsabilidades.

Por otra parte, el proyecto contempla la obligación del responsable o dueño de la mascota o animal de entregar una debida alimentación, cuidado, higiene y seguridad, de acuerdo a las normas que establecerá un reglamento del Ministerio de Salud. Finalmente, la moción prohíbe el adiestramiento dirigido a acrecentar y reforzar la agresividad del animal, con la sola excepción de los perros pertenecientes a los organismos de las Fuerzas Armadas, Carabineros y Gendarmería, y sanciona como maltrato y crueldad animal el abandono de animales, conforme a la pena establecida en el artículo 291 bis del Código Penal, que corresponde a presidio menor en sus grados mínimo a medio y multa de dos a treinta unidades tributarias mensuales.

El proyecto se encuentra pasó a trámite constitucional y el Senado deberá analizar las modificaciones introducidas y sancionadas por la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

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