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En forma unánime.

CS confirmó sentencia y rechaza protección deducida contra Tesorería General de la República por retener la devolución de impuestos a contribuyente.

El recurso se rechazó por haberse ya cumplido la solicitud que pretendía el recurrente.

24 de agosto de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Apelaciones de Concepción que rechazó protección interpuesta por técnico jurídico contra Tesorería General de la República por retener el pago de devolución de impuestos del año 2019.
En su escrito, la parte recurrente sostuvo haber fundado el recurso en la circunstancia de que la recurrida sin orden judicial había retenido el dinero correspondiente a su devolución de impuestos del año 2019, por lo que solicita se ordene a la recurrida cese sus actuaciones y se le fije prudencialmente un plazo para la entrega del dinero.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Concepción indicó, en síntesis que, informando la recurrida señaló que con fecha 28 de abril de 2018 el Segundo Juzgado Civil de Concepción le notificó el embargo sobre la eventual devolución de impuestos del año tributario 2018, de la recurrente, pero que por un error involuntario se retuvo la devolución correspondiente a 2019 por la suma de $273.665. Agregó que se ofició al referido juzgado a fin de que procediera a la devolución del dinero, ordenándose la misma, el 19 de junio de 2019. Continuó indicando que, la recurrente a su vez, hizo presente que efectivamente recibió el aludido cheque por lo que la acción de marras carece de objeto, al haberse ya cumplido precisamente lo pretendido por ella.
Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 22091-2019 y de la Corte de Apelaciones de Concepción en causa Rol Nº 12657-2019.

 

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