Art. 183-B CT.

Empresa principal es responsable por los incumplimientos laborales y previsionales de empresa subcontratada respecto de sus trabajadores, resuelve la Corte Suprema.

Los servicios encargados por el MOP a la empresa subcontratada, configuran la responsabilidad establecida en el artículo 183-B del Código del Trabajo por lo que se condena a ambos demandados a la solución de las cotizaciones previsionales adeudadas, y a las remuneraciones y prestaciones derivadas de los contratos de trabajo.

1 de noviembre de 2022