Artículo 141 letra c) del Código Procesal Penal

La prisión preventiva anticipada se puede decretar aun en el caso de que el imputado ya se encuentre afecto a idéntica medida cautelar personal en causa diversa, resuelve la Corte de Talca.

Para que opere la excepción de la prisión preventiva anticipada debemos encontrarnos frente a un imputado cumpliendo una pena privativa de libertad, lo que no es el caso, toda vez que los imputados se encuentran sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva, mas no cumpliendo una pena, refiere el voto en contra.

29 de marzo de 2023