El consentimiento no es aquel que se otorga en abstracto, sino el referido a los riesgos concretos de cada procedimiento; sin que sea suficiente la manifestación por parte del galeno en términos científicos y complejos de las terapias a que deberá someterse el paciente, sino que deben hacerse inteligibles para que este conozca ante todo los riesgos implicados y así pueda expresar su voluntad de someterse al mismo.
10 de marzo de 2023