Conducción de vehículo motorizado

No es indispensable la alcoholemia si el estado de ebriedad del acusado fue acreditado por los funcionarios policiales y la víctima.

El imputado trató de anular el juicio acusando que la alcoholemia fue incorporada tardíamente por el Ministerio Público, no obstante, la Corte Suprema consideró que la ingesta de alcohol del recurrente fue asentada en juicio por los funcionarios policiales que acudieron al lugar del accidente de tránsito, y la víctima que el acusado chocó con su motocicleta.

26 de enero de 2024