Derecho del trabajador

Empresa principal no puede ser eximida de parte del pago de los incumplimientos de la empresa subcontratista, resuelve la Corte Suprema.

La empresa principal no fue condenada solidariamente al pago por diversos incumplimientos laborales y previsionales adeudados por la empresa contratista, hecho que fue enmendado por el máximo Tribunal en atención al principio de protección de los trabajadores, y el artículo 162 en relación al artículo 183-B, ambos del Código del Trabajo.

8 de noviembre de 2022