DL Nº2695

Demanda de “comodato precario” no puede fundarse en los argumentos de mera tolerancia e ignorancia de la ocupación propios del “precario”, resuelve la Corte Suprema.

El recurrente durante toda la secuencia del juicio confundió ambas acciones, refiriéndose a su acción en todo momento como “comodato precario”, pero argumentando en derecho la existencia de un “precario”. El máximo Tribunal expresó que la diferencia entre ambas acciones no es baladí, debido a la sustancia y argumentos que corresponde esgrimir en cada caso.

4 de febrero de 2024

Regularización de predio en comuna de Mariquina se confirma por la Corte Suprema.

13 de octubre de 2023
El demandante de oposición no pudo acreditar la posesión material de la porción del predio cuya regularización acusaba, no bastando la mera existencia de una comunidad de herederos respecto del predio, debido a que el demandado pudo acreditar en juicio la posesión que detentaba sobre la hijuela que finalmente regularizó.