Enfoque diferenciado

Traslado y asignación carcelaria de reclusos LGBTI debe hacerse con un enfoque diferenciado que proteja su identidad.

Se debe hacer teniendo en cuenta sus condiciones particulares, siendo inadmisible la utilización de espacios destinados para cumplir medidas de aislamiento para tal propósito bajo el pretexto de que su internamiento en estas locaciones busca garantizar la integridad de esta población, a menos que se configure alguna de las causales señaladas en la normativa aplicable.

21 de noviembre de 2022