Honorarios adeudados

Transporte Escolar

Sociedad educacional debe pagar saldo de facturas adeudadas a transportista escolar al no acreditar que las hubiere cancelado, resuelve la Corte Suprema.

La demandada pagó parcialmente al contado las facturas reclamadas, y luego, se asiló en que los documentos consignaban la modalidad de pago “al contado” para argumentar que no existían montos insolutos. El máximo Tribunal confirmó la decisión de los jueces de segundo grado, al observar que la recurrente no denunció ninguna norma decisoria, intentó asentar nuevos hechos, y acusó en sede de nulidad sustancial un vicio probatorio que debió impugnar vía casación en la forma.

13 de noviembre de 2023