Idioma castellano

Falta de intérprete no vulnera el debido proceso si el extranjero imputado entiende el idioma castellano, resuelve la Corte Suprema de Costa Rica.

No puede sostenerse que, por no ser nativo de la lengua castellana, y pese a comunicarse bien en ese sistema de códigos, toda persona deba tener un traductor para garantizar que entienda las cuestiones técnicas o legales. De manera que, si el defensor se puede comunicar satisfactoriamente con el imputado, no es necesaria esa traducción para que éste pueda comprender esos aspectos.

10 de octubre de 2023