Ingreso por la fuerza

Ingreso por la fuerza a un domicilio para “desocuparlo porque soy el comprador” es un acto de autotutela ilícita, resuelve la Corte Suprema.

Pese a existir una orden judicial que le ordenó a la recurrente entregar el sitio a la comunidad de herederos dueña del inmueble, el recurrido -y según él- futuro comprador del mismo, ingresó por la fuerza a la propiedad para desalojar a la actora en virtud del acuerdo que poseía con la comunidad para la venta del sitio, hecho que alteró el estatus quo mediante el uso de vías de hecho proscritas por la ley.

7 de abril de 2024