Mejora laboral

Uso de vehículos de la empresa por la mera tolerancia del empleador no implica reconocer que es un derecho adquirido del trabajador o una mejora voluntaria de sus condiciones de trabajo.

De lo actuado no puede deducirse que el uso del vehículo constituya un derecho que la empleadora hubiese reconocido al demandante y no cabe extraer del documento adjunto, que se califica de precontrato, las conclusiones que pretende el recurrente, pues ni resulta de la literalidad del mismo ni se puede deducir de su contenido.

15 de marzo de 2023