Principio de solidaridad familiar

Corte Constitucional de Colombia ampara derecho al cuidado de niño con síndrome de down y ordena a entidad de salud garantizar la continuidad de su tratamiento.

Es necesario tener en cuenta que la entidad considera la labor del cuidado un deber familiar en cualquier circunstancia y por ello no realizó ninguna valoración con perspectiva de género sobre las condiciones socio económicas de esta familia, con una mujer a la cabeza, como elemento fundamental para garantizar la accesibilidad real, la integralidad y la continuidad de los servicios terapéuticos para el niño.

19 de febrero de 2024

Ex pareja es condenada a pagar una pensión de alimentos en favor de la hija de su ex conviviente, a pesar de no ser el padre biológico de la adolescente.

15 de diciembre de 2023
Si el hombre ha sido el sostén del hogar en el que la menor vive, y tras la ruptura deja automáticamente de cubrir los gastos cotidianos, tal cambio repentino puede ser perjudicial para ella, por lo cual, por aplicación del principio de solidaridad familiar, se fija una cuota alimentaria temporal de acuerdo con las pautas establecidas.