Sin perjuicio de que en la normativa de familia no se encuentra regulado el derecho de comunicación respecto de los seres afectivos (mascotas), entendiendo que lo correcto es valorarlos como partes integrantes de la familia multiespecie, la presente causa se tramitará de conformidad a lo establecido en Código Procesal de Familia, Niñez y Adolescencia.
26 de diciembre de 2023