Tenencia


La tenencia de drogas no está contemplada en las hipótesis previstas en el tipo penal del artículo 3° de la Ley 20.000, por lo que no se puede condenar por el delito de tráfico ilícito de estupefacientes.

8 de julio de 2024
La diferencia entre “tenencia” y “posesión” es significativa en el contexto penal, ya que implica un grado de control y dominio distinto sobre las sustancias. La utilización de estos términos en la sentencia genera una ambigüedad que afecta la claridad y precisión de la fundamentación, y es esencial para determinar la imputación correcta y la consecuente responsabilidad penal del acusado.